COMUNICADO N°45-2022 - Fecha 03/05- Asignación de Módulos FORTE.

 Al equipo de conducción:

La Secretaría de Asuntos Docentes de Suipacha remite nómina de establecimientos con módulos FORTE asignados (y la cantidad correspondiente a cada uno de ellos) en el marco del Programa +ATR con presencialidad plena - Resolución 446/22 de la DGCyE (adjunta en el siguiente link: https://drive.google.com/file/d/1rF5Zl59BR3HuBYBW-n05QcOKDWRHVyRe/view?usp=sharing ).

  • Jardín N°901 “Domingo Faustino Sarmiento”, 4 módulos.

  • Secundaria N°1 “Heroes de Malvinas”, 52 módulos.



Designación de Docentes Nivel Inicial: 

Como lo dispone la Resolución, la designación de las y los docentes para cubrir los módulos asignados a cada establecimiento:

● Debe realizarse en múltiplos de dos módulos FORTE. Por ejemplo, si un Jardín de Infantes tiene asignados cubrir módulos, puede designar a un/a docente con los cuatro módulos, o bien a dos docentes con dos módulos cada uno. Del mismo modo, un/a docente puede ser designado en más de un Jardín de Infantes.

● Las y los docentes designados: (a) no deben tener, en todos sus desempeños activos, más de un cargo (jornada simple o extendida) o 14 módulos o su equivalente en cargos y módulos; (b) no deben superar, en todos sus desempeños activos, con la nueva designación ni con otras que tome con posterioridad y en forma simultánea, dos cargos o 28 módulos. Además, los días y horarios que se fijen para la realización de las tareas con los módulos FORTE debe ser compatible con su Declaración Jurada de horarios.

● El perfil de la o el docente a designar debe ser el de Profesora/r de Nivel Inicial.

● Los criterios de priorización para la cobertura de los módulos contemplan los siguientes mecanismos:

I. La designación de docentes de la propia institución;

II. La designación de docentes de otros establecimientos educativos de nivel inicial de gestión estatal convocados por el equipo directivo;

III. En caso de existir, el remanente de módulos sin cobertura, luego de agotar los dos mecanismos anteriores, podrá cubrirse por medio de Acto Público Digital, para lo cual se deberá informar la solicitud a la Secretaría de Asuntos Docentes.

● En el caso de la cobertura mediante los mecanismos I y II, es responsabilidad del equipo directivo que las y los docentes seleccionados cumplan con los requisitos informados en cuanto a perfil y carga horaria.

La designación de los docentes que cubrirán los módulos (por cualquiera de los tres mecanismos) deberá ser informada por el equipo directivo por medio de SUNA. En el transcurso de la próxima semana se informarán los detalles del proceso a seguir a tal fin.

Cabe señalar que es responsabilidad del equipo directivo de cada institución que la suma de los módulos cubiertos por los distintos mecanismos no exceda el total de módulos asignados a cada establecimiento.




Designación de Docentes Nivel Secundario: 

Como lo dispone la Resolución, la designación de las y los docentes para cubrir los módulos asignados a cada establecimiento:

● Debe realizarse en múltiplos de dos módulos FORTE.

● Las y los docentes designados: (a) no deben tener, en todos sus desempeños activos, más de un cargo (jornada simple o extendida) o 14 módulos o su equivalente en cargos y módulos; (b) no deben superar, en todos sus desempeños activos, con la nueva designación ni con otras que tome con posterioridad y en forma simultánea, dos cargos o 28 módulos. Además, los días y horarios que se fijen para la realización de las tareas con los módulos FORTE debe ser compatible con su Declaración Jurada de horarios.

● El establecimiento educativo, de acuerdo con la cantidad de estudiantes que participan de acciones de intensificación de las materias requeridas y que participarán de los talleres y teniendo en cuenta las áreas de incumbencia de los Docentes Fortalecedores de Trayectorias Educativas con designación efectiva en cada establecimiento (si los hubiera), asignará los módulos de acuerdo al siguiente orden de prelación: Prácticas de Lenguaje y Literatura, Matemáticas, Inglés, Ciencias Sociales/ Construcción de Ciudadanía, Ciencias Naturales y, solo en el ciclo superior, materias de la formación orientada.

● Los criterios de priorización para la cobertura de los módulos contemplan los siguientes mecanismos:

I. La designación de docentes de la propia institución;

II. La designación de docentes de otros establecimientos educativos de nivel inicial de gestión estatal convocados por el equipo directivo;

III. En caso de existir, el remanente de módulos sin cobertura, luego de agotar los dos mecanismos anteriores, podrá cubrirse por medio de Acto Público Digital, para lo cual se deberá informar la solicitud a la Secretaría de Asuntos Docentes.

● En el caso de la cobertura mediante los mecanismos I y II, es responsabilidad del equipo directivo que las y los docentes seleccionados cumplan con los requisitos informados en cuanto a perfil y carga horaria.

La designación de los docentes que cubrirán los módulos (por cualquiera de los tres mecanismos) deberá ser informada por el equipo directivo por medio de SUNA. En el transcurso de la próxima semana se informarán los detalles del proceso a seguir a tal fin.

Cabe señalar que es responsabilidad del equipo directivo de cada institución que la suma de los módulos cubiertos por los distintos mecanismos no exceda el total de módulos asignados a cada establecimiento.




SAD Suipacha.




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