Comunicado Nº 67/20 - Consideraciones para MAD 2020/21
Al Equipo de conducción:
CONSIDERACIONES PARA TENER EN CUENTA:
- SE SOLICITA LEER ATENTAMENTE LAS DISPO
2020-17 (Marco General) y DISPO 2020-18 (cronograma, anexos y exclusiones)
de la Dirección de Tribunales de Clasificación.
NUEVOS
FORMULARIOS 2020/21 Revistan carácter de DECLARACIÓN
JURADA. Si no están bien confeccionados o
incompletos se ANULAN Tanto los formularios como toda la
documentación aportada deberán estar escaneados de forma legible y con
buena luz, de lo contrario no podrán ser analizados (Nota: para un correcto
escaneo y posterior guardado en un solo archivo PDF se sugiere utilizar
la aplicación Cam Scanner/FastScanner) |
·
El docente debe firmar todas la
hojas.
·
Consignar el correo abc del docente.
·
La fecha de toma de posesión (en
formulario MAD para cargos) es la fecha cuando fue Titular Interino en el cargo a trasladar.
·
El
PAD que debe consignarse es el 2020. Si
lo recurrió debe indicarlo y se resolverá para esta acción.
- Los docentes Titulares
Interinos 2018 y 2019 sólo podrán acceder documentando causales.
·
MAD: Deben indicarse en los pedidos los nombres
correctos y completos de las asignaturas.
·
En cuanto al servicio, si tiene sede,
anexo o extensión debe señalarse también.
·
Información incompleta: se ANULA el
pedido.
·
La vacante única sólo puede ser ocupada
por TRASLADO: del mismo cargo, dentro del mismo distrito.
·
Traslado de cargos jerárquicos: se utiliza
Anexo 4 MAD para CARGOS.
·
El
docente debe estar en situación de revista activa (no encontrarse con licencia sin goce de
haberes (114 O.1) al momento de la solicitud, los docentes con cambio de
funciones deben tener el alta con un año de antelación.)
·
En la SITUACIÓN DE REVISTA TITULAR deben
consignarse todo lo titular que posea en Gestión Estatal y
Privada, también los módulos/cargos titulares interinos 2020.
·
-Art
75.5 del Estatuto del Docente
El
Docente que tenga asignadas funciones jerárquicas mantiene el derecho a
solicitar movimiento anua Docente en el cargo u horas-cátedra
titulares sobre cuya base se efectúa la asignación. Si resultare
trasladado ejercerá el derecho a optar por continuar desempeñando la función
asignada o hacerse cargo de su nuevo destino. Si el traslado se realizare
a otra rama de la enseñanza, el Docente cesará en la asignación de funciones
jerárquica-El docente podrá solicitar vacantes que no estén publicadas ya que
pueden generarse por consecuencia de otro docente que solicite MAD.
-El corte de vacantes a para MAD 2020/21
es al 31/07/20
inclusive -Renuncias a las solicitudes de MAD:
mediante nota con firma de puño y letra, aclaración, DNI, fecha y datos
de contacto, con motivo a la casilla mad2020sad101@abc.gob.ar
Solicitudes de MAD: Es conveniente que los
Anexos estén acompañados de:
·
Nota con situación de revista titular y
dos últimas calificaciones, firmada por el equipo de conducción de cada
servicio donde es titular.
·
Copia
de la acción estatutaria por la que accedió (Propuesta de Designación Anexo I,
Acrecentamiento, Ley, Reubicación Definitiva) sólo de lo que aspira a
trasladar.
·
Constancia Puntaje Titular 2020
·
Fotocopia del Título Habilitante (en caso
de corresponder)
-En caso que el docente acepte traslado
parcial o renuncie a diferencia de carga horaria, deberá adjuntar nota aclaratoria (DISPO
2020-17 Anexo 1 Inc 3).
-En caso que el docente solicite escuela
de doble escolaridad y/o Jornada Completa expresará su aceptación por
escrito (DISPO 2020-18 Anexo 3).
·
CAUSAL
DE SALUD: certificado médico oficial con
aconseje, sello y firma del profesional y hospital. Ver normativa cuando medien situaciones de
emergencia sanitaria
·
MAD
CON CAUSALES: Se sugiere verificar la documentación
requerida en DISPO 2020-17 Anexo 1 Inc 7.
Comentarios
Publicar un comentario